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viernes, 24 de enero de 2020

Sentencia favorable al derecho de los trabajadores a la adaptación horaria por estudios

Estimad@s Compañer@s:

La empresa tiene la obligación de favorecer la accesibilidad de sus trabajadores a la educación y formación porque ello redunda en beneficio de su derecho a la promoción profesional que depende, en gran medida, de la formación del trabajador. Es un círculo.

En la Sentencia, la Sala expone que no se trata de una facultad discrecional de la empresa, sino de una obligación legal en pro de la accesibilidad del trabajador a la educación que la empresa no puede ignorar, y cuya negativa no ha sido debidamente fundada en causas organizativas de entidad que deban prevalecer frente al derecho del trabajador.

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